El 8 de mayo de 2024, se publicó en el Diario Oficial la norma chilena NCh789/2023, que reemplaza y actualiza la de 1987 sobre madera, trozas y madera aserrada, informó el portal trasandino Madera21
La NCh789/2023 fue oficializada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo en su decreto exento N°17 del 2024, publicada en el Diario Oficial este 8 de mayo y entrará en vigencia seis meses a partir de la fecha de su publicación. Esta actualización, esencial debido a los avances tecnológicos en el sector maderero, entrará en vigencia una vez transcurridos seis meses desde su publicación.
Para transformar la industria de la construcción tradicional es imperativo modernizar la normativa que rige respecto de la madera y generar una nueva, para garantizar que los productos, derivados y subproductos de este noble material cumplan con los estándares de durabilidad y resistencia necesarios para enfrentar los desafíos actuales y futuros del sector.
En este sentido, la actualización de la norma NCh789, que tenía más de tres décadas sin modificaciones, es un paso crucial para asegurar que la industria de la madera en Chile esté alineada con los avances tecnológicos y las mejores prácticas internacionales. Esto no solo incrementará la calidad y durabilidad de los productos de madera, sino que también contribuirá a una mayor sostenibilidad y eficiencia en el uso de recursos forestales.
Como objetivo establece métodos para determinar y clasificar la durabilidad de la madera y sus productos derivados frente a la acción de los agentes bióticos de degradación, es decir cualquier ser vivo que debido a su ciclo vital produce daños al bosque. Esta regulación incluye madera natural, madera tratada térmicamente, madera impregnada, madera tratada con productos superficiales y maderas modificadas.
La norma considera tres principales tipos de agentes bióticos de degradación de la madera: hongos xilófagos, incluyendo basidiomicetos y hongos de pudrición blanda; insectos xilófagos, como termitas y coleópteros; organismos marinos xilófagos. Esta norma indica que en casos donde no exista información previa sobre la durabilidad de una especie de madera, la evaluación final para su uso deberá ser determinada por un profesional especializado.
Esta evaluación tomará en cuenta factores como la presencia de agentes de biodeterioro, las condiciones de servicio y ambientales, entre otros. Se establece que la madera utilizada en construcción deberá ser protegida y mantenida con productos que impidan la acción de agentes de biodeterioro, de acuerdo con la durabilidad establecida por la norma. Las maderas clasificadas como no durables deberán ser preservadas, mientras que aquellas con durabilidad intermedia tendrán que ser tratadas con productos protectores específicos según el agente de biodeterioro y las condiciones de servicio.
Por último, se establece un anexo informativo que se basa en la experiencia y conocimiento de los miembros del Comité Técnico de Materiales de Construcción del INN, y cualquier clasificación de durabilidad debe cumplir con los ensayos y especificaciones contenidas en la norma.
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