(Buenos Aires, 20 de julio de 2010). La Comisión Europea, el Parlamento y el Consejo alcanzaron el 24 de junio un acuerdo político sobre la nueva ley para detener el comercio de madera de origen ilegal, informaron fuentes de la entidad española AITIM. La ley deberá ser aprobada por el Parlamento en julio de este año y por los gobiernos de la Unión Europea en el otoño boreal, hacia fin de año. Se espera que entre en vigencia en 2012.
Según Anke Schulmeister, Responsable de Política Forestal Europea de WWF: “Este acuerdo allana el camino para la nueva ley europea que prohibirá la entrada de madera de origen ilegal en los mercados de la UE, que además era necesario desde hace tiempo.
Después de años de difíciles debates, WWF aplaude la prohibición de madera de origen ilegal y la aplicación de sistemas de diligencia debida para las industrias de madera de la UE. Esto debería facilitar el campo de juego para las compañías que quieren adquirir madera de fuentes legales y contribuir así a salvar los valiosos bosques tropicales”.
Sin embargo, agregó: “La exclusión de productos impresos, como libros o periódicos de esta legislación y sobre todo la falta de un sistema unificado de sanciones en la UE, amenaza con reducir la efectividad de la prohibición. Esperamos que los Estados Miembros impongan multas estrictas para quienes no respeten la ley”. Esta medida se suma a los avances producidos en España en el marco de la iniciativa de WWF “Ciudades por los Bosques”, con la reciente incorporación de Madrid a la lista de Ayuntamientos españoles comprometidos con la compra pública responsable.
Junto a esta, ya hay otras ocho entidades que aplican en España un programa semejante para controlar el origen de los productos forestales que consumen. De igual forma, cabe destacar que la Asociación Española de Importadores de Madera (AEIM) también alcanzó un acuerdo con WWF para promover la certificación FSC en los países tropicales.
En opinión de Félix Romero, Responsable de Bosques de WWF España, “esta decisión
contribuirá a ensalzar el uso de la madera como material ecológico y elemento
clave de un nuevo modelo económico que respete los bosques, su biodiversidad y
sus valores sociales.”
Para WWF, la obligatoriedad de cumplir con la legalidad de las cortas es
crucial. De hecho, es el primer paso que los mercados y los consumidores han de
dar para garantizar la sostenibilidad en el uso de los bosques. Por ello,
la organización insiste en la importancia de la certificación forestal FSC como
aval de legalidad y del uso social y ambientalmente responsable de los bosques.
Por su parte, la ‘0tra campana’ AEIM (asociación española de importadores de
madera), ha hecho público el siguiente comunicado:
Con este acuerdo la UE se compromete con el control de las fuentes de madera
para evitar la entrada en sus fronteras de madera procedente de talas ilegales.
A partir de ahora todos los operadores internacionales que quieran vender madera
a los países miembros de la UE deberán demostrar la legalidad del
aprovechamiento. Así, se espera eliminar la posibilidad de adquirir madera
cortada de forma irregular en los países de origen y, por tanto, excluirá del
mercado internacional a quienes no cumplan con las normas. Pero también elimina
las sospechas sobre el producto más ecológico y renovable que existe en el
mercado. Cuando entre en vigor este acuerdo, ningún otro material ofrecerá las
garantías de sostenibilidad que da la madera. Due Diligence, acuerdos FLEGT y
certificación forestal son tres herramientas que garantizan la legalidad del
aprovechamiento, su sostenibilidad y el futuro de los bosques del planeta.
La nueva legislación recoge los siguientes aspectos:
– Se incluye la prohibición de comerciar con madera extraída ilegalmente,
actividad que será castigada por el derecho penal. Dado que la legislación penal
es competencia de cada Estado, corresponderá a cada país miembro tipificar este
delito en su código penal y acordar las penas o sanciones correspondientes, así
como informar a la Comisión para convenir un sistema armonizado de
delitos/faltas y sanciones. En cualquier caso, tal y como estipula el derecho
penal, se actuará bajo el principio de presunción de inocencia, por lo que la
carga de la prueba recaerá en la acusación, ya sea pública o privada.
– El criterio de legalidad se establece como cumplimiento de las leyes del
país de origen, es decir, del productor de la madera. A este respecto, se han
suprimido las referencias a los derechos sociales de los trabajadores.
– Únicamente los operadores que pongan en el mercado europeo por primera vez
madera o productos de madera están obligados a la "Diligencia debida", o cuidado
necesario, con el fin de evitar la entrada en la UE de madera procedente de tala
ilegal. Los sucesivos operadores en la cadena deberán aportar información sobre
a quién les han comprado la madera y a quién se la han vendido.
– El etiquetado, a diferencia de las versiones iniciales, finalmente no se ha
establecido.
– Quedan excluidos de esta legislación la madera reciclada, es decir, la
derivada de productos que ya están en el mercado. Asimismo, tampoco se
contemplan los libros, los folletos y el papel impreso, si bien no se descarta
que puedan incluirse posteriormente.
– Tras la aprobación, se establecerá un periodo de 27 meses para trasponer el
acuerdo en la legislación interna de cada uno de los países miembro. La
efectividad de la regulación se revisará después de tres años.
“Este reglamento supone un avance muy importante para evitar la entrada en
Europa de madera sospechosa de no cumplir con todos los requisitos legales”,
declara Alberto Romero, secretario general de AEIM. Y añade. “La Asociación
Española de Importadores de Madera ha apoyado desde el principio las gestiones
llevadas a cabo por el Gobierno español destinadas a la aprobación del
Reglamento de la Diligencia Debida, que finalmente se aprobará el próximo 6 de
julio”.
Fuente: AITIM.