Por Decisión Administrativa 450/2020 fábricas de muebles podrían volver a trabajar

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Dos altas fuentes de FAIMA interpretaron que fábricas de muebles están habilitadas para volver a trabajar según Decisión Administrativa 450/2020 de hoy.

La Decisión Administrativa 450/2020 publicada hoy 3 de abril en el Boletín Oficial amplió “el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia”, por lo que se habilitó para volver a producir a los siguientes sectores:

– Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones;

– Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal;

– Aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones.

– Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.

Interpretación sectorial

“Por consultas hechas con directivos de la Federación (FAIMA) y con funcionario de la provincia de Santa Fe, aparentemente el mueble estaría incluido entre los sectores que pueden volver a trabajar”, le dijo a este medio un fabricante de muebles.

“En la resolución (por Decisión Administrativa 450/2020) no queda bien claro si los fabricantes de muebles podemos volverá a trabajar. Está en un gris”, agregó.

Efectos económicos

Tras ver los efectos económicos de dos semanas de aislamiento, se tomó esta determinación.

“La realidad de la implementación del aislamiento social, preventivo y obligatorio ha demostrado la necesidad de incorporar otras actividades y servicios con carácter de esenciales con el fin de mitigar los efectos ocasionados por las medidas adoptadas”, se argumentó entre los considerandos del anuncio”.

A partir de la entrada en vigencia de este anuncio, las personas comprendidas deben tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación (CUHC), que desde el 6 de abril será el único permiso válido para transitar por la vía pública.

CUHC reemplazará al emitido por la Ciudad de Buenos Aires y por las provincias, salvo las excepciones especificadas. Este trámite tiene el carácter de declaración jurada para los aplicantes, por lo que el eventual falseamiento de datos “dará lugar a sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente”.

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