A raíz de la reciente Resolución 22/21, la Dirección Nacional de Desarrollo Foresto Industrial, que encabeza Daniel Maradei, difunde el siguiente comunicado oficial. La razón: “dudas que surgen (tras) la nueva Resolución 22/21 (…) respecto de las garantías que se deben presentar”.
“Se comunica a todos los/las titulares de emprendimientos que hayan recibido y/o usufructuado los Beneficios Fiscales del Régimen (con excepción del apoyo económico no reintegrable), que el Régimen de Garantías establecido por la Resolución 154-E/2016, ha sido derogado, y por lo tanto no deberán constituirse las pertinentes garantías conforme lo establecía la mencionada norma;
“A partir de la entrada en vigencia de la Resolución 22/2021, se deberán constituir las pertinentes garantías que las autoridades tributarias de cada jurisdicción consideren necesarias.
“No obstante, se les recuerda a todos los/las titulares de emprendimientos que hayan solicitado los Beneficios Fiscales del Régimen que deberán presentar anualmente, y hasta el turno de corta, la Declaración Jurada del FORMULARIO H consignándose el monto de los beneficios fiscales utilizados discriminados por jurisdicción y por tributo”.
Foto: Archivo Desarrollo Forestal.